El baloncesto español podrá recuperar para sus antiguos profesionales una parte de los años trabajados que durante décadas quedaron fuera del cálculo de sus cotizaciones. El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que permitirá computar, a efectos de la pensión de jubilación, los periodos de actividad desarrollados por deportistas profesionales antes de su integración en el Régimen General de la Seguridad Social.La medida afecta a quienes residían en España y desarrollaron de forma habitual su actividad profesional en territorio nacional, con un contrato incluido en la relación laboral especial de los deportistas profesionales. El periodo que podrá reconocerse comienza el 15 de marzo de 1980 y se extiende hasta la fecha en la que cada disciplina quedó integrada en el sistema general.
El cambio tiene una relación directa con el baloncesto. La integración de los deportistas profesionales en la Seguridad Social se produjo de manera gradual y el propio Consejo Superior de Deportes señala expresamente a los jugadores profesionales de baloncesto entre los colectivos afectados por aquel proceso. Hasta la integración efectiva, esos años podían aparecer como lagunas de cotización, con consecuencias tanto para acceder a una pensión como para determinar su cuantía.
Ahora esos periodos podrán ser reconocidos como cotizados. Para acreditarlos, el deportista deberá aportar una certificación del club o entidad deportiva correspondiente. Si el club hubiera desaparecido, podrá recurrirse a la federación correspondiente para acreditar la condición de deportista profesional y el periodo de actividad desarrollado en España.
La medida también alcanza a quienes ya están jubilados. En esos casos permitirá solicitar la revisión de la pensión cuando los periodos reconocidos tengan efecto sobre su prestación. El trámite deberá realizarse ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social.
El Real Decreto no se aplicará a los jugadores profesionales de fútbol, que cuentan con una regulación específica. Para el resto de disciplinas incluidas en la relación laboral especial de deportistas profesionales, la norma establece el procedimiento para reconocer aquellos años de actividad que hasta ahora no habían computado para la jubilación. Entrará en vigor tres meses después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Para varias generaciones de jugadores de baloncesto, la noticia llega décadas después de haber abandonado las pistas. Sus años como profesionales, aquellos en los que entrenaban, competían y cobraban por jugar, podrán finalmente tener también un reflejo en su vida laboral.
